DERECHO A LA SALID

La salud es un derecho, no un privilegio









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El Derecho a la Salud se refiere a que la persona tiene como condición innata, el derecho a gozar de un medio ambiente adecuado para la preservación de su salud, el acceso a una atención integral de salud, el respeto a su concepto del proceso salud - enfermedad y a su cosmovisión.Este derecho es inalienable, y es aplicable a todas las personas sin importar su condición social, económica, cultural o racial.Para que las personas puedan ejercer este derecho, se debe considerar los principios de accesibilidad y equidad.

De acuerdo a la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, se reconoce la salud como derecho inalienable e inherente a todo ser humano. Esto implica la obligación del Estado de respetar, proteger y garantizar el derecho a la salud de todos sus ciudadanos, no sólo asegurando el acceso a la atención de salud, sino también la atención adecuada. Es por ello que la propuesta plantea un modelo de atención basado en el sistema público de salud. El  Comité  de  Derechos  Económicos,  Sociales  y Culturales de las Naciones Unidas ha señalado que el derecho a  la  salud abarca  los  siguientes  elementos  esenciales  e interrelacionados:
1.     a.        Disponibilidad:  Se  refiere  a  contar  con  un número  suficiente  de  establecimientos de salud, recursos humanos (considerando médicos,  profesionales, técnicos y personal de salud capacitados) y programas, que incluyanlos  factores  determinantes  básicos  de la  salud,  como  agua  limpia  potable  y  condiciones sanitarias adecuadas. 
2.     b.        Accesibilidad: Significa que los establecimientos, bienes y servicios de salud se encuentren accesibles a todos, haciendo hincapié en los sectores más vulnerables y marginados de la población. Lo anterior implica:
1.     Accesibilidad  física: Los  establecimientos, bienes  y  servicios  de  salud  deberán  estar  al alcance  geográfico  de  todos  los  sectores  de  la población,  así mismo los  factores determinantes básicos de la salud, como el agua limpia potable deben ser de acceso intradomiciliario o encontrarse a una distancia geográfica razonable, incluso en lo que se refiere a las zonas rurales.
2.     Accesibilidad  económica  (asequibilidad): Los pagos  por  servicios  de  atención  de  la  salud y  servicios  relacionados  con  los  factores determinantes  básicos  de  la  salud  deberán basarse en el principio de  la equidad y ser proporcionales a los ingresos financieros de los hogares.
3.     Acceso a la información: Comprende el derecho del paciente a recibir y solicitar toda la información necesaria sobre su situación y el tratamiento que recibirá. Involucra también el derecho a recibir y difundir información  e ideas acerca de las cuestiones relacionadas con la  salud. Sin embargo el acceso a la  información no debe menoscabar el derecho a la confidencialidad de los datos personales.
3.     c.         Aceptabilidad: Todos  los  establecimientos y servicios de salud deberán  respetar    la  ética médica y los criterios culturalmente aceptados. Además deberán ser   sensibles a  los  requisitos del género y del  ciclo de vida. Así  mismo el paciente tiene todo el derecho de aceptar o no el diagnóstico y tratamiento que propone el personal sanitario.
4.     d.        Calidad: Los establecimientos, servicios, equipamiento e insumos de salud deberán ser también apropiados desde  el  punto  de  vista  científico  y médico, y  ser de buena calidad; el personal debe estar capacitado; y debe contar con  agua potable y condiciones sanitarias adecuadas. Es parte de la calidad de los servicios de salud, el trato respetuoso, adecuado y oportuno a las personas que demandan atención.

La obligación estatal implica la provisión de una atención integral, continua y equitativa. Recoge las dimensiones de promoción, prevención, curación y rehabilitación. Involucra el derecho y responsabilidad de las personas, familias y comunidades de ser protagonistas de su propia salud, por lo que promueve procesos sociales y políticos que les permitan expresar necesidades y percepciones, participar en la toma de decisiones, así como exigir y vigilar el cumplimiento del derecho a la salud 

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